domingo, 27 de septiembre de 2009

Ánalisis ideologico de las leyes hondureñas en el Congreso gringo

Ayer dos medios televisivos daban la GRAN noticia que la destiticion de nuestro Presidente José Manuel Zelaya, para mi "Jefe de Jefes" y el Periodico GOLPISTA La Tribuna no se de quien o quienes, en dos paginas con gran despliegue presenta el mencionado estudio o sera un remedo de estudio que a lo mejor resultó "cachinflin"
Hasta el Veterinario y conocido político Ramón Villeda Bermudez, resalto en una televisora los enormes meritos de tal estudio, aunque parece que tienen otros foros o centros de enorme renombre que aseveran lo mismo o sera otra estratagema para engañar al pueblo poeque creen que somos tontos, bueno como dijo por ahí un conocido Diptado "nunca se sabe"-
No soy abagado,pero para defender esta noble causa del pueblo hondureño y eradar a mis decendientes una patria mejor he tomado la decisión de intentar desmentir a los medios mentirosos.
Espero que pronto tengamos diarios confiables, que informen la verdad al pueblo, que no sean como el Canal Educativo Nacional "TEN (o sea Diez), que nos ha estado desinformando hasta contigo, pues la encuesta de anoche decidio por una gran mayoria que el pueblo quiere que continuen los toques de queda. QUE BARBARIDAD, eso resulta increible pues todos los dias el pueblo se manifiesta para exigir libertad, lo gritamos en las consignas de la ya mundialmente reconocida R E S I S T E N C I A.

Análisis preliminar del supuesto Estudio:

Destitución de “Mel” fue legal: Biblioteca del Congreso de los EE UU.

Arnulfo Cruz Guerrero

Ex consultor en Recursos Naturales y Ambiente (26/09/09)

I “¿Cuales son las facultades, si las hubiera, en la Constitución hondureña que le permite al Poder Judicial y al Poder Legislativo (Congreso Nacional) el poder destituir al Presidente electo? “

El estudio en forma desordenada empieza comentando sobre el procedimiento político conocido como “Declarar lugar a formación de causa” y menciona las bases legales para casi concluir que este aspecto esta derogado, después de mencionar algunas referencias. Sin embargo en ningún momento concluye sobre la pregunta, debido a que en realidad no existen fundamentos legales para tal cosa.

II) “¿Tenía la Corte Suprema de Justicia de Honduras la autoridad bajo la Constitución de Honduras de requerir que los militares sacaran al presidente…?

Después de plantear el tema y argumentar sobre funciones de la Corte y el Congreso, mencionando algunos de los hechos ocurridos antes del GOLPE, establece que fue ilegal expatriar al presidente, el consultor menciona algunas referencias Y SE BASA EN:

“25 La crisis en Honduras 11vo. Congreso Cong 4 ( no se menciona) (julio 10 de 2009) Declaración del hondureño Guillermo Pérez Arias – Cadalso ante el Comité de Relaciones Internacionales de Estados Unidos…”

27 Menciona la facultad que la da el artículo 306 de la Constitución al poder judicial para “requerir la asistencia de las Fuerzas Armadas para obtener la garantía de las ordenes”,-

Como puede apreciarse en el análisis anterior, aunque se mencionan varios artículos y algunas incoherencias al final se tergiversan los hechos y como en la parte I, no hay conclusión lógica ni argumentos para los hechos.

Para no seguir perdiendo el tiempo en referencias, “cantinflismo”, etc, se mencionan traducciones, hay tergiversaciones, etc. En general el documento adolece de deficiencias respecto a las bases legales y los argumentos son débiles e incoherentes porque tratan de justificar lo injustificable, defender lo indefendible, al grado que establecen que el Presidente fue Juzgado por la Corte, Destituido por el Congreso con el famoso argumento que este cometió varias violaciones a la Constitución y “El congreso tiene la facultad de aprobar o improbar la conducta administrativa del PRESIDENTE y cuando se le expatrió ya no era el PRESIDENTE.

La sustitución según este espurio, desordenado e inconsistente estudio se realizó de acuerdo con la constitución por la ausencia absoluta del Presidente. Que BARBARIDAD, porque ya había sido juzgado y destituido (no menciona la famosa renuncia). Este improvisado y trasnochado estudio no consulto con abogados notables como el ilustre Efraín Moncada Silva, quien recientemente ha escrito varios artículos sobre el caso y la Asamblea Nacional Constituyente.

Finalmente se mencionan entre otras referencias una conversación personal con el personaje de apellido Pérez Arias o será Pérez Cadalso (nunca se sabe), fue redactado por un “consultor”?.

Viví y estudié 5 años en los Estados Unidos, (Arizona, Ohio, Indiana y Carolina del Norte) y me resulta increíble que ahora las bibliotecas se encarguen de asuntos tan delicados como hacer análisis jurídicos relevantes, podría tratarse de un empleado de la Biblioteca.

Lea en Honduras en lucha: Graves errores en opinión de Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos para ahondar más en el tema.

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