jueves, 7 de enero de 2010

DEL REQUERIMIENTO FISCAL A LOS MILITARES Y LA AMNISTIA

El pueblo hondureño escucho este medio día a través de todos los medios de comunicación que el Abogado Luis Rubí en su condición de Fiscal General de La República entrego a la Secretaria de la Corte Suprema de Justicia solicitud de requerimiento fiscal y emisión de orden de captura contra el General Romeo Vásquez Velásquez y los demás integrantes de la Junta de Comandantes de las Fuerzas Armadas de Honduras por suponerlos responsables del DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD.

El asistente del Fiscal General revelo al periodista Félix Antonio Molina de Radio Progreso que el delito de abuso de autoridad imputado a los altos jerarcas del ejercito de nacional está relacionado con la expatriación forzada del Presidente José Manuel Zelaya Rosales el día 28 de junio del año recién pasado en el marco del cruento golpe de estado perpetrado por la Fuerzas Armadas ese día y la engañosa entrega del poder a sus "títeres" civiles.

La tipificación del delito de abuso de autoridad dependerá de las acciones con el cual este esté relacionado; en la mayoría de los cosas se tipifica como un delito de orden penal como a sido tipificado en situaciones anteriores en que los involucrados han sido funcionarios públicos, sin embargo en el caso actual y considerando que el supuesto delito se cometió en el marco del golpe de estado podría ser tipificado por la CSJ como un delito de orden político.

Llama poderosamente la atención dos situaciones que se acontecen al mismo tiempo que la presentación del mencionado requerimiento fiscal y la solicitud de orden de captura contra los ejecutores del golpe de estado:

1. La sorpresiva visita del señor Craig Kelly en la víspera de la toma de posesión del recién "electo" Pepe Lobo; visita que a despertado la suspicacia de muchos sectores en relación a los verdaderos objetivos de esta: allanar el camino para un proceso de sucesión lo más claro posible ante la opinión internacional a fin de lograr el respaldo internacional que urgentemente necesidad Lobo Sosa. De todos es conocido que en el desarrollo de las actividades del Ministerio Publico participa activamente el gobierno norteamericano a través de donaciones canalizadas por la agencia de colaboración gringa USAID y que de no realizar este tipo de acciones la Fiscalía pudiese perder estas millonarias ayudas en dólares.

2. La propuesta de aprobación por parte del Congreso Nacional de un decreto de amnistía que favorecería a los involucrados en las acciones realizadas en el marco del golpe de estado y clasificadas como delitos políticos; la aprobación de esta amnistía abre las puertas para que Roberto Micheletti y su sequito de secuaces puedan amparados en esta quedar impunes de los delitos cometidos, para ser beneficiados por la amnistía es necesario tener procesos judiciales en trámite por lo menos relacionados con delitos de orden político, el cual no es el caso del dictador y sus secuaces quienes se consideran inocentes de todo hecho amparados en el hecho que todas sus acciones se realizaron en el marco de una "sucesión constitucional" aprobada por el Congreso, quien en todo caso seria los que cometieron el delito al destituir sin justificación al Presidente legalmente electo, aceptar un documento de renuncia falso y nombrar un nuevo titular del ejecutivo en el marco del golpe de estado perpetrado por los militares, de aquí el interés de Pepe Lobo de que se apruebe una amnistía "para todos los delitos políticos" en el marco del golpe de estado, pues de esta forma protegería a sus diputados de ser objeto de procesos judiciales, diputados nacionalistas que en su mayoría fueron reelectos en las pasadas "elecciones"; al ser tipificado el delito de abuso de autoridad del cual se acusa a los militares como un delito "político" estos se convierten en candidatos a beneficiarse de la amnistía y de esta forma la oligarquía y los políticos cómplices del golpe proceden a cumplir el compromiso de protección mutuo contra los delitos cometidos por los ejecutores del golpe. Es decir los ideólogos, artífices y ejecutores del golpe de estado quedarían blindados contra cualquier proceso judicial futuro.

Por el contrario a estas acciones, es admirable la actitud del Presidente legitimo de todos los hondureños el Presidente Manuel Zelaya de rechazar cualquier tipo de amnistía desde el tiempo en que se negociaba el Acuerdo Tegucigalpa-San José, dando muestras al pueblo hondureño y a la comunidad internacional de una dignidad ejemplar y manteniendo incólume su alta investidura, el Presidente hoy acusado falsamente de delitos de orden político y penal con esta actitud demuestra que está dispuesto a enfrentar dichas acusaciones y a defenderse ante los tribunales cuando se le brinden los requisitos mínimos que la justicia le proporciona: la presunción de inocencia y el debido proceso.

Se le olvido al Fiscal General que tanto para el presidente usurpador, el presidente del congreso, los magistrados de la CSJ, el comisionado de los derechos humanos, el jefe y la junta de comandantes del ejercito y contra el mismo penden sendas acusaciones ante la Corte Penal Internacional por los delitos de VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS Y DELISTOS DIVERSOS DE LESA HUMANIDAD los cuales no son sujetos a amnistías, no tienen prescripción y no tienen jurisdicción territorial por lo tanto son perseguidos siempre y en todo el mundo.

Todos los hondureños de una u otra forma despertamos del letargo político esa fatídica mañana del 28 de junio y ya no es fácil engañarnos, todos los hondureños sabemos que esta presentación de requerimiento fiscal y solicitud de orden de captura no es más que un numero mas de las payasadas realizadas en el circo que Romeo Vásquez y Micheletti dirigen y que YA NO NOS PODRAN ENGAÑAR, el pueblo conoce muy bien a los actores que participan en esta pantomima de gobierno y no se traga que hoy el que acuso al Presidente Zelaya también acuse a quienes ejecutaron las acciones que ellos mismos incluido el fiscal general promovieron contra un gobierno legitimo y legalmente constituido.

En el marco de lo prescrito en el Titulo III, capítulo II, Articulo 102 de la Constitución de la República y otros más; de lo declarado en el Articulo 9 de la Declaración Universal de Los Derechos Humanos y otros artículos relacionados, podemos concluir que:

EL DELITO IMPUTADO ESTE DIA EN CONTRA DE ROMEO VASQUEZ Y LA JUNTA DE COMANDANTES DEL EJERCITO DE HONDURAS NO ES UN DELITO DE ORDEN POLITICO, FUE, ES Y SERA UNA VIOLACION DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL CIUDADANO PRESIDENTE DON MANUEL ZELAYA ROSALES JUNTO A OTROS DELITOS COMETIDOS CONTRA LOS CIUDADANOS QUE SE HAN OPUESTO AL GOLPE DE ESTADO; POR LO TANTO NO ESTA SUJETO A AMNISTIA, NO TIENE LIMITE DE PRESCRIPCION NI DE TERRITORIALIDAD, POR LO TANTO SERA PERSEGUIDO SIEMPRE ESTEN DONDE ESTEN POR LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.

San Pedro Sula, Honduras.
Enero 6 del 2010 - Día de los Reyes Magos.

Fuente: Vos el soberano

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