sábado, 6 de noviembre de 2010

Congreso golpista aprueba ley que fomenta la precariedad laboral

El Congreso Nacional aprobó la polémica Ley de Empleo Temporal que, entre el apoyo de algunos sectores y el rechazo de otros, podría generar puestos de trabajo para miles de hondureños, según sus promotores.

La ley fue aprobada con la única oposición de la bancada del Partido Unificación Democrática (UD) que tiene la convicción que el instrumento jurídico convertirá el empleo permanente en subempleo.

El resto de bancadas concluyó que la ley se convertirá en una de las armas importantes para crear puestos de trabajo por horas, dejando claro que se tiene que complementar con otras estrategias para aumentar la inversión y el número de empleadores.

Durante la discusión en su último y tercer debate, también abundaron preguntas y sugerencias sobre los candados que tiene la ley para impedir que se cometan violaciones laborales.

El proyectista del decreto, el pinuista German Leitzelar y el presidente del Poder Legislativo, Juan Orlando Hernández, fueron despejando cada una de las inquietudes de los diputados que intervinieron en el debate y aceptaron cambios mediante la vía de la moción.

BLINDAJE Y COMPENSACION
Los diputados dejaron firme el pago mensual de un bono del 20 por ciento del salario para cubrir de forma adelantada el derecho de los trabajadores a vacaciones y décimo tercer y cuarto mes de salario.

El pago de ese bono queda atado a que los temporales trabajen en la misma proporción que los empleados permanentes.

La cancelación de la cesantía de forma adelantada no quedó incluida porque esta es una expectativa de ley que sólo se hace efectiva cuando el empleado es despedido por causas injustificadas.

En ese sentido, cuando un empleador despida un trabajador antes de que se cumpla el contrato temporal tendrá que pagarle sus prestaciones de manera proporcional.

Otro de los “blindajes” es la multa de un 25 por ciento sobre el total de la planilla a los empleadores que evadan el pago del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

Cuando un empleado permanente deje de trabajar por decisión propia o por despedido con causa justificada, la plaza deberá ser cubierta por un empleado temporal.

Para que esto se cumpla, se apoyará con un incremento presupuestario al Ministerio del Trabajo para que aumente la supervisión en las empresas y aplique las multas respectivas que también serán en el orden del 25 por ciento como el caso de incumplimiento en la cobertura del Seguro Social a sus empleados.

También quedó plenamente establecido que la remuneración será en proporción al salario mínimo que esté vigente.
LA CIFRA
16 mil empleos creará la ley en el último mes de este año, especialmente en los “call center”, según los diputados.

PREGUNTAS

¿Cuánto ganará un empleado de medio tiempo o por hora?

R: Tendrá una remuneración de 22.91 lempiras por hora (en el área urbana). En el área rural la hora tendrá un precio de 16.87 lempiras.

¿Cuánto cotizará el obrero al Seguro Social?

R: Cotizará en función de las horas que trabaje, sin pasar de 168 lempiras al mes. Si trabaja cuatro horas diarias, su cotización será de 84 lempiras mensuales.

¿A qué prestaciones sociales tendrá derecho?

R: A vacaciones, RAP y décimo tercer y cuarto mes de salario.
http://www.tiempo.hn/web2/secciones/el-pais/25223--ley-de-empleo-por-horas-fue-finalmente-aprobada.html

De acuerdo a la página del Congreso Nacional ciertos beneficios sociales fueron una adición de última momento un día antes de su aprobación.

La Comisión de Dictamen de la Ley de Empleo Temporal o por horas, incorporó de último momento una serie de beneficios para los trabajadores y sanciones a los empleadores que abusen del instrumento jurídico que está por aprobarse por el pleno del Congreso Nacional.
Entre las nuevas incorporaciones a la normativa están el reconocimiento a decimo cuarto, decimo tercero y vacaciones para los empleados contratados bajo el amparo de la Ley de Empleos por Horas, asimismo, se reconoce el derecho a la sindicalización, atendiendo al estamento de la Constitución de la República, y al derecho a la libre asociación.
Otro de los derechos, es la ampliación a un 20 por ciento adicional al salario percibido por los trabajadores, que originalmente estaba contemplado en un 15 por ciento, porcentaje que se aplica como compensación a derechos sociales como el Seguro Social y el Régimen de aportaciones privadas (RAP), entre otros.
Por otro lado, para asegurar que algunos patronos no abusen de la nueva norma, en el dictamen se ha insertado una prohibición que define que ningún empleador podrá tener más del 25 por ciento del total de su plantilla de trabajadores contratados de manera temporal, para lo cual se contemplan una serie de sanciones económicas y morales para quienes incumplan tal disposición.
“En este país se han venido postergando muchas decisiones, uno comente mayor error al no aprobar algo que beneficie al pueblo, y mejor rectificar en caso de equivocarnos, hagámoslo por la gente que no tiene empleo”, reflexionó el titular del Legislativo, Juan Orlando Hernández, al dirigirse al pleno de parlamentarios.
La Ley de Empleo Temporal o por Horas, está diseñada para quienes no tienen trabajo y para generar de manera inmediata alrededor de 30 mil empleos directos y más de 60 mil indirectos, y con duración de 36 meses, la cual podría ampliarse dependiendo de los resultados obtenidos en ese periodo.

http://www.congreso.gob.hn/noticias-y-eventos/noticias/34-prensa/1531-incorporan-mas-beneficios-y-sanciones-a-ley-de-empleo-temporal-o-por-horas

Fuente: Vos el soberano

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